El derecho a recurrir el fallo condenatorio
El derecho a recurrir el fallo condenatorio Mariano R. La Rosa Es preciso considerar que el derecho en tratamiento encuentra expresa recepción en el art. 8. 2, h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica): “Durante el proceso, toda persona tiene derecho, en plena igualdad, a las siguientes garantías mínimas:...h) derecho de recurrir del fallo ante juez o tribunal superior...” , así como también en el art. 14. 5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos: “Toda persona declarada culpable de un delito tendrá derecho a que el fallo condenatorio y la pena que se le haya impuesto sean sometidos a un tribunal superior, conforme a lo prescripto por ley” . Sin embargo, no basta con la expedición de diversos pactos suscriptos internacionalmente para poder ampliar las bases constitucionales que hacen a nuestro debido proceso penal, si no están acompañados de una aplicación práctica de sus preceptos en los hechos o en la rea