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Detención preventiva de extranjeros con miras a su expulsión

Detención preventiva de extranjeros con miras a su expulsión Mariano R. La Rosa             La expulsión de una persona extranjera constituye una medida coactiva y personal derivada de la potestad soberana de las naciones, reconocida por el derecho internacional, “ siempre que se respeten los derechos humanos fundamentales, no sea arbitraria ni colectiva y se funde en el cumplimiento de una decisión adoptada conforme a la ley” (Corte Internacional de Justicia, “Ahmadou Sadio Diallo (República de Guinea c/ la República Democrática del Congo” , sentencia del 30 de noviembre de 2010) [1] . Esta última referencia indica que un Estado sólo podrá expulsar a un extranjero por un motivo previsto en la ley incluidos en particular la seguridad nacional y el orden público, por ello es que una de las razones que permiten el extrañamiento es la comisión de delitos graves [2] . Pero la ley que la dispone debe ser razonable, no puede ser discriminatoria y tiene que basarse en un motivo co